Eliminada una infracción disciplinaria grave de la Hoja de Servicios de una Guardia Civil Retirada.
Habiendo sido solicitada la cancelación de una infracción disciplinaria grave a una Guardia Civil en situación administrativa de Retiro, mediante resolución del Coronel Jefe Interino de la Jefatura de Personal de la Guardia Civil fue denegado basando su desestimación en que no le es de aplicación a la recurrente, dado que se encuentra retirada, ni el Real Decreto 232/2017 de 10 de marzo, sobre anotación y cancelación desfavorables en la documentación del personal de la Guardia Civil, ni la Orden PRE/280/2016 de 3 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras de la Hoja de Servicios del personal de la Guardia Civil.
Asumida la representación por los servicios jurídicos de la agente en RAGCE se planteó recurso de alzada ante el Sr. Teniente General Jefe del Mando de Personal de la Guardia Civil siendo estimado el mismo al amparo del artículo 5, apartado 4 del referido Real Decreto que dispone lo siguiente: “Para instar la cancelación de anotaciones, a los efectos de esta disposición, tendrá la consideración de interesado quien haya sufrido la pena o sanción; en caso de fallecimiento, el cónyuge, pareja de análoga relación afectiva debidamente acreditada, o los herederos del fallecido; y el representante legal, en el supuesto de que el penado o sancionado se encuentre declarado como prisionero o desaparecido. Lo dispuesto en el párrafo anterior también será de aplicación respecto de quien promueva el inicio del procedimiento de cancelación de sanciones disciplinarias.
Del citado precepto cabe inferir, que si los familiares de un miembro del Cuerpo fallecido ostentan el derecho a solicitar la cancelación de anotaciones desfavorables que consten en la Hoja de Servicios de éste, debe admitirse que la recurrente, Guardia civil retirada, también puede tener la condición de interesada en un procedimiento de cancelación de notas desfavorables que aparezcan en su Hoja de Servicios.
Por otra parte, el apartado 1 del artículo 5 del citado Real Decreto 232/2017, faculta al Mando de Personal de la Guardia Civil como autoridad para cancelar cualquier anotación por pena o sanción disciplinaria en la Hoja de Servicios.” Desde RAGCE agradecemos la confianza depositada en esta asociación y su servicio jurídico felicitando a la compañera por el merecido Diploma de Agradecimiento por los Servicios Prestados durante su carrera profesional que la pretendida eliminación le ha permitido obtener de la Dirección General de la Guardia Civil como reconocimiento institucional a su meritoria labor por su extraordinaria trayectoria e intachable conducta.
“Siempre Guardia Civil”